MR.T

#40 Una polla con cebolla, antes de la reforma el delito de agresión sexual partía de 6 años de pena, con la reforma, parte de 4, es decir, que al revisar la pena a un violador que antes le habían puesto 6 años de prisión, podrá acogerse a una reducción xq ahora la ley establece el mínimo de pena en 4, en definitiva, es para tirar la reforma a la papelera y volver a hacerla de nuevo

MR.T

Vamos a ver, ¿alguien se ha leído la ley?
La LO 4/2015 es una continuación del c.p en el que se derogan algunas faltas y pasan a normativa administrativa.
La Ley en solo 3 de sus artículos establece el catálogo de sanciones.
Si se deroga, un fulano podrá por ejemplo apuntarte con un laser desde un puente mientras pasas por delante en coche, podrán drogarse en un parque infantil y dejar las chustas o jeringuillas, podrán amenazarte con una barra de hierro por disputarse una plaza de parking, la policía no podrá cachear a alguien que sospecha que lleva un arma o lo que ha robado en una tienda, el que quiera, podrá fabricar armas, modificarlas, tener explosivos en el bajo de su casa sin registro, podrá sobrevolar un dron por uan central nuclear, en una manifa se podrá interrumpir el acceso a gente que presta servicios básicos a la ciudadanía e interrumpirlos etc
Si la sociedad fuese más cívica no haría falta está ley. Pero no, todavía nos queda muchísimo para llegar a eso.
Si alguien contesta, que antes se lea un poco la ley, que para cuñados ya tengo un par.

c

#56 ¿Y todo eso pasaba hace 10 años? Jesús, que miedo, y yo tan tranquilo paseando por la calle.

MR.T

#34 Pero vamos a ver, lée el código penal y comprenderás el porqué.
Un juez ,si el abogado del reo solicita la revisión de la pena por suponer que esta es más favorable, tendrá que hacer esa revisión, punto.
Son las garantías del derecho penal, no hay más vueltas.

Waves

#39 La ley no es más favorable. Las horquillas han crecido por los dos lados. Si el juez no quiere, no tiene que tocar ninguna pena, pues entran dentro de la misma horquilla.

Obviamente, lo más favorable para el preso es dejarlo libre, y no se le deja libre, no... Se aplica la pena que el jueza crea conveniente para cada caso dentro de la horquilla que contemple la ley.

Si el juez considera que con la ley anterior el castigo fue muy duro y que ahora tiene la oportunidad* de ser más justo con el cambio de ley, ahí ya no tengo nada que decir (de hecho creo en las segundas oportunidades y no me parece mal).

* la oportunidad, no la obligación

sxentinel

#40 Como diría Carola, Elisa céntrate... (Chiste malo de salseo entre streamers, basado en tu nick, sin malicia ninguna)
Se juntan varias circunstancias. El congreso ha modificado el código penal rebajando los mínimos penales y aumentando los maximos, por lo que todo aquel que lo solicite tiene derecho a que se revise su sentencia, que no su caso, al ser cosa juzgada y ver cómo queda con la nueva ley.

El Principio de norma más favorable, concede ese derecho.

Segundo aquel que haya sido condenado a la pena mínima que marque la ley, ahora se encuentra que su pena es más baja que la anterior, por lo que con la ley nueva en la mano hay que soltarle o va a cumplir menos.
Ni es automático, ni los jueces pueden decidir, ni depende de ellos.

Waves

#44 Repito, ¿algún caso en el que el juez no haya podido decidir? Con uno me vale.

Lo de que "como antes pusieron la mínima, ahora te la tengo que bajar obligado" es ridículo. Si la pena es compatible con la horquilla de ahora y con la horquilla de antes, el juez no está obligado a reducir nada. (Pero si le parece más justo, sí puede hacerlo, y eso ya habrá que ir caso a caso para ver si a los demás nos parece una rebaja justa o no; eso ya es subjetivo.)

sxentinel

#47 Último intento que sino voy a pensar que es troleo...

Que los jueces ya no están juzgando, que ya no pueden imponer condenas, no pueden revisar que horquilla le toca, porque eso se hizo antes.

Lo único que hacen es revisar el número de años que le caen con la ley nueva.

Si la sentencia dice que se le impone el mínimo legal, el resto da igual, el mínimo con su sentencia ahora son cuatro años y toca ponerle en libertad.

Waves

#46 #49

[...] los jueces ya no pueden aplicar o quitar circunstancias de la sentencia.
[...] no pueden revisar que horquilla le toca, porque eso se hizo antes.

Esto ya se ha aclarado muchas veces. Si un caso se revisa, se hace con la nueva normal al completo, no mezclando cosas de las leyes de antes y de ahora. Así que el juez puede y debe aplicar agravantes y atenuantes con la nueva normal al completo.

En ningún caso podrá ponerle una pena mayor al final, pero, si con la nueva norma la pena se puede mantener, entonces es ya cuestión de que el juez quiera mantenerla o bajarla. (No estoy en contra de bajarla si es más justo, que la gente puede cometer errores.)


Si la sentencia dice que se le impone el mínimo legal, el resto da igual, el mínimo con su sentencia ahora son cuatro años y toca ponerle en libertad.

Ninguna sentencia dice esto porque es ridículo. ¿Si la pena era de el mínimo + 1 día, ahora se le pone el nuevo mínimo + 1 día? ¿O mejor hacemos una interpolación? Es ridículo.

sxentinel

#53 ¿Tienes claro, que las sentencias son recurribles?

Si tan ridículo es ¿Cómo es que la fiscalía a petición del gobierno, no recurre las sentencias en las que se esta haciendo de esta manera?

Yo no soy jurista, aunque tengo amigos abogados, con los que me suelo juntar a arreglar el mundo al calor de un red label cola... y te lo explico como me lo han explicado a mi.

Me temo que no es ridículo, es como funciona. Son atajos para no tener que andar calculando, es como cuando en tu contrato, te pone según convenio.

P.D. Te compenso el negativo, que no se a cuento de que venia.

K

#40 No tienes ni puta idea de leyes y en cada frase que sueltas haces el ridículo. Haz lo que quieras, pero al menos que seas consciente de ello

MR.T

#40 Una polla con cebolla, antes de la reforma el delito de agresión sexual partía de 6 años de pena, con la reforma, parte de 4, es decir, que al revisar la pena a un violador que antes le habían puesto 6 años de prisión, podrá acogerse a una reducción xq ahora la ley establece el mínimo de pena en 4, en definitiva, es para tirar la reforma a la papelera y volver a hacerla de nuevo

MR.T

#23 Si no sabes de qué hablas, lo mejor, todo desde el mayor de mis respetos es que te ahorres el comentario, te recomiendo que leas la L.o 1/2015 y te aclarará muchas dudas.

Waves

#30 #31 ¿Algún caso en el que el juez se haya visto obligado a reducir la pena? ¿Algún caso en el que el juez no pudiera dejar la condena tal y como estaba?

T

#34 ¿Quieres que vaya yo a revisar los cientos de casos que sí han acabado en rebaja para decirte si alguno no debería?

No, mira, si quieres hazlo tú.

Waves

#36 Como esperaba, todavía no sé de ni un sólo caso en el que no haya sido el juez quien, voluntariamente, haya bajado la pena sin estar obligado a ello por ley.

T

#38 ¿Pero qué dices?

Cuando a alguien se le juzga se hace, en caso de que haya habido un cambio en la ley que le pueda afectar, con aquel código penal que le resulte más favorable de los dos, es decir, el que estaba vigente cuando se cometió el delito vs. el que está vigente en el momento del juicio.

En este caso se trata de un cambio legislativo cuandi ya hay sentencia, pero ze aplica lo mismo.

Y si los abogados de los condenados poden revisión de condena, por narices hay que revisarla y ver si procede. Y si procede, se aplica.

Puedes seguir como gato panza arriba diciendo palabras poco menos que aleatorias para demostrar que de esto aún sabes menos que yo, pero la realidad es la que es.

Waves

#50 En este comentario casi todo lo que dices es ridículo.

[...] con aquel código penal que le resulte más favorable de los dos [...]

El más favorable sí, pero con normas al completo, no mezclando entre la normal de antes y de ahora. Si se revista, se revisa con la nueva norma al completo. Se ha aclarado multitud de veces esto.

T

#54 Eso es mentira.

Venga, pásalo bien, ya no pierdo más el tiempo con un troll como tú. Búscate a otro que te soporte, mentiroso.

MR.T

#34 Pero vamos a ver, lée el código penal y comprenderás el porqué.
Un juez ,si el abogado del reo solicita la revisión de la pena por suponer que esta es más favorable, tendrá que hacer esa revisión, punto.
Son las garantías del derecho penal, no hay más vueltas.

Waves

#39 La ley no es más favorable. Las horquillas han crecido por los dos lados. Si el juez no quiere, no tiene que tocar ninguna pena, pues entran dentro de la misma horquilla.

Obviamente, lo más favorable para el preso es dejarlo libre, y no se le deja libre, no... Se aplica la pena que el jueza crea conveniente para cada caso dentro de la horquilla que contemple la ley.

Si el juez considera que con la ley anterior el castigo fue muy duro y que ahora tiene la oportunidad* de ser más justo con el cambio de ley, ahí ya no tengo nada que decir (de hecho creo en las segundas oportunidades y no me parece mal).

* la oportunidad, no la obligación

sxentinel

#40 Como diría Carola, Elisa céntrate... (Chiste malo de salseo entre streamers, basado en tu nick, sin malicia ninguna)
Se juntan varias circunstancias. El congreso ha modificado el código penal rebajando los mínimos penales y aumentando los maximos, por lo que todo aquel que lo solicite tiene derecho a que se revise su sentencia, que no su caso, al ser cosa juzgada y ver cómo queda con la nueva ley.

El Principio de norma más favorable, concede ese derecho.

Segundo aquel que haya sido condenado a la pena mínima que marque la ley, ahora se encuentra que su pena es más baja que la anterior, por lo que con la ley nueva en la mano hay que soltarle o va a cumplir menos.
Ni es automático, ni los jueces pueden decidir, ni depende de ellos.

Waves

#44 Repito, ¿algún caso en el que el juez no haya podido decidir? Con uno me vale.

Lo de que "como antes pusieron la mínima, ahora te la tengo que bajar obligado" es ridículo. Si la pena es compatible con la horquilla de ahora y con la horquilla de antes, el juez no está obligado a reducir nada. (Pero si le parece más justo, sí puede hacerlo, y eso ya habrá que ir caso a caso para ver si a los demás nos parece una rebaja justa o no; eso ya es subjetivo.)

sxentinel

#47 Último intento que sino voy a pensar que es troleo...

Que los jueces ya no están juzgando, que ya no pueden imponer condenas, no pueden revisar que horquilla le toca, porque eso se hizo antes.

Lo único que hacen es revisar el número de años que le caen con la ley nueva.

Si la sentencia dice que se le impone el mínimo legal, el resto da igual, el mínimo con su sentencia ahora son cuatro años y toca ponerle en libertad.

K

#40 No tienes ni puta idea de leyes y en cada frase que sueltas haces el ridículo. Haz lo que quieras, pero al menos que seas consciente de ello

MR.T

#40 Una polla con cebolla, antes de la reforma el delito de agresión sexual partía de 6 años de pena, con la reforma, parte de 4, es decir, que al revisar la pena a un violador que antes le habían puesto 6 años de prisión, podrá acogerse a una reducción xq ahora la ley establece el mínimo de pena en 4, en definitiva, es para tirar la reforma a la papelera y volver a hacerla de nuevo

MR.T

#15 Solo si sale una más favorable para el reo, se le podrá aplicar esa revisión.

MR.T

#13 Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables, (Libro I del código penal) es decir, al condenado que se le aplicó una ley, no se le puede imponer otra a posteriori de más gravamen.

MR.T

Decadente cuanto menos, un alarde de despilfarro y gula que da entre pena y pavor por no decir asquete.
En un planeta cada vez con menos recursos, un océano con menos biodiversidad que nunca.
¡Está gente reparte el marisco con una pala!

ochoceros

#14 Es terrible la manera de pensar de algunos por falta de educación.

MR.T

#172 Tranquilo Sito Pons, que no todos llegamos a tu control de mecánico de barra de bar en el mundo "motoril"
Lo que queda claro es que moto vieja contamina, por muy bien carburada o limpias las bujías o que solo consuma 2 litros cada 20 leguas...

swapdisk

#163 en Huelva muere. Todos sin remedio.... Y seguirá sin ser por los coches, es por el polo químico

MR.T

#6 una sr250 de 2 tiempos, suelta tanta mierda por el escape como un Barreiros siempre en proporción.
NOx, hidrocarburos sin quemar, partículas de la combustión del aceite, en Bangladesh sólo hay motos como esa y el aire que se respira harìa vomitar a una cabra.

Peazo_galgo

#65 eeeeh.... una SR250 NO era de 2 tiempos, sino de 4.... roll

subzero

#65 ¿Una SR250 de 2 tiempos?? Menuda columpiada...

MR.T

#172 Tranquilo Sito Pons, que no todos llegamos a tu control de mecánico de barra de bar en el mundo "motoril"
Lo que queda claro es que moto vieja contamina, por muy bien carburada o limpias las bujías o que solo consuma 2 litros cada 20 leguas...

MR.T

#2 confundimos tocino con velocidad, la medida trata de evitar que los vehículos más antiguos y por ende más contaminantes accedan al centro, un bmw con etiqueta eco consumirà 10 l en ciudad si no más, esos gases de escape teóricamente, pasarán por un Fap, una trampa de NOX y un catalizador y por ese escape saldrá co2, agua y unas cuantas ppm de NOX, el co2 no es un gas contaminante, es un gas de efecto invernadero.
Un automovil pequeño de hace 20 años, aunque gaste la mitad de combustible, soltarà a la atmósfera una cantidad mucho mayor de gases contaminantes, luego nos quejaremos de la boina marrón que se ve los días de anticiclòn en la ciudad.

swapdisk

#59 boina marrón, en Huelva, en Cádiz... Soplando como sopla, a ver cuando ves tú una boina de contaminación. Seguimos pensando que todo es Madrid.

MR.T

#119 El día que deje de soplar...

swapdisk

#163 en Huelva muere. Todos sin remedio.... Y seguirá sin ser por los coches, es por el polo químico

MR.T

Que hartazgo de persona, todo con el único fín de sacar rédito político y desgastar al gobierno.
Ser un patriota es unidad ante problemas que nos deslegitiman como país, proponer soluciones, dar la mano para colaborar en lo posible... no poner la zancadilla y buscar por donde se puede hacer más grieta en el problema.

MR.T

Replicó la frase que dijo en algún momento Einstein:
Hay dos cosas infinitas, el Universo y la estupidez humana.

MR.T
D

#524 Tu lo dices todo: "para circular por las vías públicas".
Nada más que decir.

MR.T

#140 No no, que el impuesto es sobre el bién, independientemente de cuánto lo uses. Si estuviese ligado a la circulación del mismo, pagaría más el taxista por poner un ejemplo, que la abuelita que lo usa los domingos para ir a misa.

D

#472 Falso, pero da igual ya lo he explicado, no voy a repetirme, cree lo que quieras.

MR.T

#488 https://es.m.wikipedia.org/wiki/Impuesto_sobre_Veh%C3%ADculos_de_Tracci%C3%B3n_Mec%C3%A1nica

"Es un impuesto que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas"

D

#524 Tu lo dices todo: "para circular por las vías públicas".
Nada más que decir.

MR.T

#17 si, realmente es curioso que no se ataque el problema en origen, pero por desgracia, ahí entran otras cuestiones como la economía y nuestro estado de bienestar, a día de hoy parece que pesan más que la protección del aire que respiramos, mañana veremos...

MR.T

Si la gente viese como quedan los filtros PM10 después de 24 hr en los equipos de medición de partículas contaminantes en la atmósfera, no se la quitaban ni para ir a la ducha.

MR.T

Espero que no afectase a la central y a los depósitos que almacenan miles de litros de agua contaminada.

D

#32 tranquilo, ya los han tirado todos al mar.

MR.T

Y yo me pregunto, si el director ya estuvo metido en otro caso de estafa... ¿como es que se le sigue permitiendo trabajar en labores de administración? Está gente tendría que estar inhabilitada para manejar cualquier cosa que implicase a una tercera persona.

Dramaba

#1 #2 Y te lo preguntas mucho, eh?

MR.T

Y yo me pregunto, si el director ya estuvo implicado en otro caso de estafa... ¿como es que se le sigue permitiendo trabajar en residencias de ancianos?

Dramaba

#1 #2 Y te lo preguntas mucho, eh?

#1 y yo me pregunto el Señor Notario que hizo el testamento que?

D

#1 La mía es: ¿Quién es el jodido notario que firmaba los cambios de testamento?

D

#15 Todo un clásico.
Acusan a un notario de Ourense de falsear documentos en una estafa
El profesional podría haber colaborado en el fraude a una anciana El presidente de la Fundación San Rosendo, Benigno Moure, ya estaba imputado por el caso

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2007/05/17/acusan-notario-ourense-falsear-documentos-estafa/0003_5814936.htm

D

#22 Cemento armado tienen en vez de cara.

D

#15 El hecho de ser notario no garantiza una conducta intachable.

Soy experto en empollones de letras

D

#25 Conozco a uno que le asignó 3 propiedades a una persona y ahora menudo lío con hacienda.

D

#26 Yo conozco a más de tres y de cuatro, alguno de los cuales no está en la cárcel porque "mono no mata mono"... los notarios, registradores, jueces, etc., no se denuncian entre sí ... además la gente, los particulares, no quieren meterse en berenjenales judiciales.

En los notarios he visto desde contratos mal hechos a propósito hasta auténticas estafas donde el beneficiado era el notario.

También es verdad que la inmensa mayoría de notarios y registradores son profesionales de gran capacidad y honestidad, a los que se les puede consultar y son más eficaces que un abogado, y no te cobran por informar.

Soy experto en manzanas podridas

Capitan_Centollo

#1 Porque esto pasó en España, donde fácilmente haya un entramado de corrupción en el que estarán implicados desde el juez hasta el alcalde pasando por todos los cargos y mandos funcionariales que haya en medio en cada uno de los tres poderes. Lo de siempre en Españistán, vamos.

Estas preguntas se las hace uno cuando vive en Dinamarca, Noruega, Suiza o cualquier otro país civilizado, pero viviendo en España y a estas alturas ya deberíamos saber el pozo de mierda inmunda en el que vivimos, ¿no?

MR.T

#7 El ser humano a adaptado el ecosistema a sus particulares demandas, dejando en ocasiones poco o ningún espacio para la convivencia con el resto de fauna, dicho esto, los jabalíes pueden llegar a ser una plaga en determinados lugares, carecen de depredadores naturales que controlen la sobrepoblación.
En estos casos, si sería conveniente un control cinegético, pero control, con una entidad pública in situ que dirija la batida. Todo lo demás a mi parecer, son herencias de nuestro pasado medieval.